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Nombrado en la ley API REST

PUI para aerolíneas, autotransporte y plataformas de movilidad

El transporte está nombrado en el artículo 12 Bis. Un boleto comprado o un viaje solicitado después de la fecha de desaparición ubica a una persona en un origen, un destino y una hora.

El fundamento, textual

«de transporte»

Artículo 12 Bis, fracción V de la LGMDFP. El sector está nombrado de forma expresa en el texto.

Multa del artículo 43 Bis: de $1,173,100 a $2,346,200 por infracción, impuestas por la Secretaría de Gobernación. Son acumulables.

Qué información institucional resulta útil para una búsqueda

  • Nombre y CURP del pasajero cuando se captura
  • Origen, destino, fecha y hora del viaje
  • Domicilio y teléfono de contacto de la reserva
  • Historial de compras y de viajes por usuario

El obstáculo real del sector

La venta de boleto casi nunca pide CURP: se compra con nombre y correo. Igual que en paquetería, hay que resolver la captura antes de que el cruce sirva de algo.

Ejemplos de instituciones alcanzadas: aerolíneas y agencias de viaje, autotransporte federal de pasajeros, plataformas de movilidad y viajes por aplicación, arrendadoras de vehículos, transporte de personal y escolar.

Lo que tendría que construir la institución

El Manual Técnico exige tres fases de búsqueda diferenciadas, cuatro endpoints propios con JWT, cifrado AES-256-GCM de los datos biométricos, bitácoras en ambos sentidos y reportes SAST, DAST y SCA sin una sola vulnerabilidad antes de que RENAPO autorice la conexión.

  1. 01

    Completar datos básicos

    Al recibir el reporte se localizan los datos más recientes que la institución tenga de esa CURP, para completar la ficha de búsqueda: nombre, domicilio, teléfono, correo, fotos y huellas.

    Se notifica una sola vez, y sólo si hay algo que aportar.

  2. 02

    Búsqueda histórica

    Se recorre el histórico institucional desde la fecha de desaparición hasta hoy, con un tope de doce años fijado por el artículo 22 de los Lineamientos.

    Cada coincidencia se notifica por separado, y al terminar se reporta el cierre de la fase aunque no se haya encontrado nada.

  3. 03 Nunca termina

    Búsqueda continua

    El reporte entra a monitoreo permanente: cada vez que aparece un registro nuevo o modificado que coincide con esa CURP, se notifica en automático.

    No termina hasta que la PUI da de baja el reporte. Es la fase que un archivo subido a mano no puede cumplir.

El plan que suele encajar en transporte

Plan Conectado

API REST

$18,000 / año por RFC

Instituciones cuyo sistema ya expone un endpoint de consulta.

Comparar los tres planes

Preguntas sobre transporte

¿Transporte está obligado a conectarse a la PUI?

Sí. El artículo 12 Bis, fracción V de la LGMDFP nombra expresamente a «de transporte». La obligación aplica cuando la consulta de esos registros es necesaria para la investigación, búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas o no localizadas.

¿Qué datos míos se consultan?

Sólo los que sirven para ubicar a una persona reportada: nombre y curp del pasajero cuando se captura, origen, destino, fecha y hora del viaje, domicilio y teléfono de contacto de la reserva, historial de compras y de viajes por usuario. Nunca se entrega la base completa ni información ajena al reporte, y sólo cuando existe un Folio Único de Búsqueda.

¿Cuál es la multa si no me conecto?

De $1,173,100 a $2,346,200 por infracción, conforme al artículo 43 Bis de la LGMDFP. Las impone la Secretaría de Gobernación y se acumulan.

¿Interconectamos su institución de transporte?

Indíquenos a qué sector pertenece su institución y cómo resguarda su padrón. Le señalamos la modalidad que corresponde y su costo, sin compromiso.