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La multa por no conectarse a la PUI

Artículo 43 Bis · LGMDFP

$1,173,100 – $2,346,200

por infracción, y son acumulables

El texto de la ley

«El incumplimiento por parte de los particulares que posean bases de datos, registros o información y que de conformidad con esta Ley se encuentren obligados a permitir su acceso, proporcionar y actualizar información, serán sancionados con multas de 10,000 a 20,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, lo cual será verificado y sancionado por la Secretaría de Gobernación.»

Cómo se calcula

La multa se expresa en UMAs, no en pesos, así que sube sola cada año cuando el INEGI actualiza el valor.

UMA diaria 2026 $117.31
Mínimo (10,000 UMAs) $1,173,100
Máximo (20,000 UMAs) $2,346,200

Tres cosas que conviene entender bien

Es por infracción, no por institución

El artículo sanciona el incumplimiento de permitir el acceso, proporcionar y actualizar información. Cada omisión es una conducta sancionable por separado.

No conectarse no es la única conducta sancionada

El texto abarca también no proporcionar información y no mantenerla actualizada. Una institución conectada pero cuya búsqueda continua lleva meses sin correr está, en los términos del artículo, incumpliendo igual.

Hay una segunda sanción, distinta

El artículo 43 califica como falta grave el uso de la PUI o de la información generada por ella con fines distintos a los de la ley. Es un riesgo que se activa después de conectarte, y por eso la trazabilidad de cada consulta importa tanto como la conexión misma.

Una nota de honestidad

Hasta donde hemos podido verificar públicamente, no hay constancia de una multa del 43 Bis efectivamente impuesta. Que la sanción esté en la ley no significa que la verificación ya esté operando a gran escala.

Lo decimos porque preferimos que contrates sabiendo el panorama completo. La obligación existe y es exigible desde julio de 2025; el ritmo con que Gobernación la verifique es otra cosa, y nadie honesto puede prometerte que lo sabe.

La comparación que suele decidirlo

Construir la integración por dentro cuesta entre $150,000 y $500,000 MXN según las estimaciones que circulan en el mercado, más el mantenimiento indefinido de los reportes SAST, DAST y SCA. Conectarte con nosotros arranca en $7,900 al año, alrededor de 148 veces menos que la multa mínima.

¿Interconectamos su institución?

Indíquenos a qué sector pertenece su institución y cómo resguarda su padrón. Le señalamos la modalidad que corresponde y su costo, sin compromiso.