PUI para operadores de telefonía, internet y telecomunicaciones
Las telecomunicaciones están expresamente incluidas. Un alta de línea, una portabilidad o un cambio de domicilio de contrato posterior a la desaparición es información directamente accionable para una comisión de búsqueda.
El fundamento, textual
«telecomunicaciones»
Artículo 12 Bis, fracción V de la LGMDFP. El sector está nombrado de forma expresa en el texto.
Multa del artículo 43 Bis: de $1,173,100 a $2,346,200 por infracción, impuestas por la Secretaría de Gobernación. Son acumulables.
Qué información institucional resulta útil para una búsqueda
- CURP del titular de la línea o del contrato
- Domicilio de instalación y de facturación
- Fechas de alta, portabilidad, suspensión y reactivación
- Teléfonos y correos de contacto asociados
El obstáculo real del sector
El volumen. Un operador con millones de suscriptores no puede lanzar la fase 2 contra el histórico completo sin un plan de consulta acotado por fecha e índice.
Ejemplos de instituciones alcanzadas: operadores de telefonía móvil y fija, proveedores de internet y televisión de paga, operadores móviles virtuales, servicios de streaming y suscripción con padrón de usuarios.
Lo que tendría que construir la institución
El Manual Técnico exige tres fases de búsqueda diferenciadas, cuatro endpoints propios con JWT, cifrado AES-256-GCM de los datos biométricos, bitácoras en ambos sentidos y reportes SAST, DAST y SCA sin una sola vulnerabilidad antes de que RENAPO autorice la conexión.
- 01
Completar datos básicos
Al recibir el reporte se localizan los datos más recientes que la institución tenga de esa CURP, para completar la ficha de búsqueda: nombre, domicilio, teléfono, correo, fotos y huellas.
Se notifica una sola vez, y sólo si hay algo que aportar.
- 02
Búsqueda histórica
Se recorre el histórico institucional desde la fecha de desaparición hasta hoy, con un tope de doce años fijado por el artículo 22 de los Lineamientos.
Cada coincidencia se notifica por separado, y al terminar se reporta el cierre de la fase aunque no se haya encontrado nada.
- 03 Nunca termina
Búsqueda continua
El reporte entra a monitoreo permanente: cada vez que aparece un registro nuevo o modificado que coincide con esa CURP, se notifica en automático.
No termina hasta que la PUI da de baja el reporte. Es la fase que un archivo subido a mano no puede cumplir.
El plan que suele encajar en telecomunicaciones
Plan Conectado
API REST
$18,000 / año por RFC
Instituciones cuyo sistema ya expone un endpoint de consulta.
Comparar los tres planesPreguntas sobre telecomunicaciones
¿Telecomunicaciones está obligado a conectarse a la PUI?
Sí. El artículo 12 Bis, fracción V de la LGMDFP nombra expresamente a «telecomunicaciones». La obligación aplica cuando la consulta de esos registros es necesaria para la investigación, búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas o no localizadas.
¿Qué datos míos se consultan?
Sólo los que sirven para ubicar a una persona reportada: curp del titular de la línea o del contrato, domicilio de instalación y de facturación, fechas de alta, portabilidad, suspensión y reactivación, teléfonos y correos de contacto asociados. Nunca se entrega la base completa ni información ajena al reporte, y sólo cuando existe un Folio Único de Búsqueda.
¿Cuál es la multa si no me conecto?
De $1,173,100 a $2,346,200 por infracción, conforme al artículo 43 Bis de la LGMDFP. Las impone la Secretaría de Gobernación y se acumulan.